sábado, 12 de septiembre de 2026

LOS RÓTULOS DE LAS CALLE DE PATERNA DE RIVERA

 


Paseamos diariamente por nuestro pueblo y no nos percatamos de los rótulos colocados en las fachadas de muchas casas que dan nombre a las calles. Si nos detenemos a observar estos azulejos podemos comprobar que hay una diversa tipología en cuanto colores, formas, letras, material, etc. que responde al momento en que fueron colocados. Destaca un pequeño grupo de rótulos por su antigüedad, algunos de los años 30 de siglo XX, que conservan unas cuantas calles del casco histórico de Paterna. Muchas placas han desaparecido por los cambios en el nomenclátor de las calles, por la demolición, rehabilitación o modernización de las casas donde estaban colocadas, por la sustitución por otras más modernas, por el deterioro de las mismas, por la falta de protección y/o conservación, etc. Los escasos y deteriorados rótulos conservados del viario antiguo, que forman parte de nuestro patrimonio histórico, presentan un alarmante estado de conservación fruto de actos vandálicos y de la dejadez municipal. 

Formaron parte también del viario público otros elementos y símbolos como señales, placas metálicas (Teléfonos, Correo), escudo de Paterna del Caminillo, placas conmemorativas, etc.

Como parte del patrimonio histórico y de la memoria urbana de Paterna, se hace  necesario que el Ayuntamiento recupere los antiguos rótulos de calles que todavía se conservan, proceda a su reparación y restauración y evite su retirada o destrucción.

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA ROTULACION DE CALLES

Hasta el último tercio del siglo XVIII, las calles de las poblaciones españolas se conocían por nombres populares, referencias a un edificio, un establecimiento, un hito urbano, un oficio, un personaje destacado, etc.

A mediados del siglo XVIII, en el marco de las reformas de la Ilustración, el Estado llevo cabo una serie de medidas encaminadas a modernizar las estructuras económicas, políticas y sociales del país. El urbanismo en España sufrió una gran transformación con mejoras en la ordenación, planificación, funcionalidad, higiene, servicios, infraestructuras, etc. de las ciudades. Surgen entonces normas dirigidas a ordenar y racionalizar el callejero e identificar los espacios urbanos.

Aunque con un objetivo principalmente fiscal, el Catastro de Ensenada, realizado entre 1750 y 1754, tuvo un papel decisivo en el conocimiento territorial y la realidad urbana y rural de la España del siglo XVIII, pues proporcionó un retrato detallado de las poblaciones de España, incluyendo su estructura urbana, viviendas, oficios, caminos, edificios públicos y recursos.

Mediante la Real Cédula de Carlos III de 6 de octubre de 1768 y la Instrucción de alcaldes de barrio del día 21, Madrid quedara dividida en cuarteles y barrios. La Real Cédula de 13 de agosto de 1769 trasladaría la misma medida a aquellas ciudades que dispusieran de Audiencia o Chancillería incluyendo que “todas las casas de las referidas Ciudades, inclusas Parroquias, Con­ventos, Iglesias y lugares píos se numerarán con azulejos, como también las casas de Ayuntamiento, y las de las Chancillerías y Audiencias, sin exceptuar alguna por privilegiada que sea…

Sucesivos reales despacho y normas locales, fueron imponiendo la obligatoriedad a los municipios del reino de denominar calles y numerar casas con azulejos.

Será sobre todo a partir del siglo XIX cuando se extienda a practica de rotular las calles de nuestros pueblos con placas cerámicas.

Tras la proclamación de la Constitución de Cádiz el 19 de marzo de 1812, el decreto de 14 de agosto de 1812 dispuso que “la plaza principal de todos los pueblos de las Españas (…) sea denominado en lo sucesivo Plaza de la Constitución y que se exprese así en una lápida erigida en la misma al indicado objeto”. Una norma estatal impuso por primera vez en todo el territorio nacional el nombre de un espacio público.

Poco duraría esta disposición pues en mayo de 1814 sería repuesto el régimen absolutista con la consiguiente retirada y destrucción de las lápidas.  Con el pronunciamiento de Riego en 1820, se vuelve a instaurar la Constitución de Cádiz decretándose el 18 de julio de 1820 “en todas las capitales de las provincias de Europa y América, se coloque un monumento o lápida, que indique en pocas palabras el día, mes y año en que S. M. juró guardar el pacto social con la Nación” se restituye el decreto de agosto de 1812 que estaría vigente durante el Trienio Liberal.

Las llamadas lápidas constitucionales fueron colocadas en las plazas de pueblos y ciudades entre 1812 y 1874 como manifestación pública y visible de apoyo al constitucionalismo convirtiéndose en símbolos del liberalismo español. En Paterna, por ejemplo, el ayuntamiento acordó el 2 de enero de 1875 que de la lápida que existe  en la plaza de este pueblo se borre el nombre de República instituyéndolo con el de Constitución.

A partir de entonces la rotulación de las calles empieza a aparecer en normas de policía urbana. El reglamento provisional de policía de 6 de diciembre de 1822, ordenaba la formación anual de un padrón general y en su artículo 10 disponía:

«Todas las casas, parroquias, conventos, iglesias, colegios, seminarios, hospicios y demás edificios de habitación se numerarán por sus dueños dentro de dos meses, haciéndose la numeración seguida por calles, y no por manzanas, poniendo el nombre de cada una al fin y al principio de ella, y aun al medio, si fuere muy larga, y no haciéndose novedad en los pueblos cuyas casas están ya numeradas, si de hacerlo se siguen perjuicios; sobre cuyo particular podrán informar lo que crean conveniente los ayuntamientos, y resolver las diputaciones provinciales»

El Decreto de 3 de febrero de 1823 por el que se aprobaba la Instrucción para el gobierno económico-político de las provincias obligaba a los ayuntamientos a confeccionar un padrón general anual estructurado específicamente por barrios y calles., donde debían detallarse casa por casa a cada vecino, sus familiares y dependientes para tener un control demográfico del municipio. 

El 1 de octubre de 1823, Fernando VII, derogó por segunda vez la Constitución de Cádiz. Pero previamente la Junta Provisional de Gobierno, constituida nada más entrar los Cien mil hijos de San Luis en España, dispone el 8 de mayo de 1823 que se eliminasen en todo el país las lápidas constitucionales renombrándolas con el de Plaza Real o del Rey.

Por la Real Cédula de 13 de enero de 1824, Fernando VII creó la Policía General del Reino entre cuyas competencias se encontraba la elaboración anual del padrón de habitantes, lo que exigía identificar y ordenar los barrios, calles y viviendas.  En cada demarcación provincial de España es nombrado un intendente, quien rinde cuentas ante el superintendente general de Policía, y el responsable de formar los padrones de vecinos.

Durante la Década Ominosa la normativa se aplicaría de forma desigual y tardía en la totalidad de las poblaciones de España.  

Así, el caótico sistema de numeración de las casas de Madrid por la repetición de números y la falta de orden, que provocaba numerosas confusiones, llevó a la reina a establecer un nuevo sistema el 20 de octubre de 1833 que se ejecutaría mediante la Real Orden del 2 de Julio de 1834. Se considera la Puerta del Sol como centro asignando los números pares a la derecha e impares a la izquierda según se avanza por cada calle, establece que los azulejos con los nombres de las calles medirán un pie cuadrado (30,48 cm × 30,48 cm) colocándose en la entrada y salida de ellas, los números pares e impares de las casas se diferenciarán mediante colores y se obliga a los propietarios a costear su instalación. Finalmente establece que los padrones de la policía y las escrituras públicas y contratos deberán hacer uso de esta nueva numeración, manteniendo temporalmente la referencia a la antigua para evitar confusiones.

Tras la caída del absolutismo, los ayuntamientos recuperan competencias y se les exige identificar calles para elaborar padrones y censos. La rotulación se vuelve necesaria para registrar vecinos, localizar vivienda y organizar la administración local. La facultad de los ayuntamientos de rotular, mantener o cambiar los nombres de las calles se considera implícita en sus competencias sobre policía urbana, administración municipal y urbanismo.

El 29 de diciembre de 1847 los regidores paterneros abordaban en pleno la Orden del Jefe Político, publicada en el BOP n.º 154, de 23 de Diciembre, acerca de la necesidad de que se rotulasen las calles y se numerasen las casas existentes en las mismas.

La Real Orden sobre Rectificación del Nomenclátor general de los pueblos de España, de fecha 31 de diciembre de 1858, destinada a la formación de un completo padrón de edificios, sentó los pilares modernos del callejero español y la identificación de las viviendas. Esta disposición ordenaba a todos los pueblos de España a fijar nombres estables en sus calles y plazas, preferentemente con sus denominaciones populares, y a colocar placas físicas, con pinceladas azules sobre cerámica blanca, en ambos extremos de las vías, concretamente en la parte izquierda del transeúnte. Todas las casas de cada una de las calles y plazas, serian numeradas empezando según su proximidad a la Casa Consistorial, los números impares en la izquierda, y los pares en la derecha.

            A partir del siglo XIX los nombres populares y tradicionales de las calles de los pueblos y ciudades comienzan a ser reemplazados por un nomenclátor vinculado a los cambios políticos y sociales. Las nuevas denominaciones del callejero incorporaron figuras políticas y militares destacadas, acontecimientos históricos y motivos de carácter religioso. Durante el siglo XX las sucesivas etapas políticas, propiciaron frecuentes modificaciones en la denominación de las vías públicas para rendir homenaje a políticos, militares, intelectuales, a personajes locales relevantes, incorporando también nombres referentes a acontecimientos históricos y de carácter religioso.

Con la aprobación de la Ley de Memoria Democrática de 2022 obligaba a retirar del callejero los nombres y símbolos que exaltaban la sublevación militar, la Guerra Civil, la dictadura, a sus dirigentes y participantes en la represión, surgiendo la polémica sobre el cambio de los nombres de calles que rememoran a personas, fechas, batallas o símbolos vinculados al franquismo, aún muy presente en muchos pueblos y ciudades de España, también en Paterna.


BIBLIOGRAFÍA